A finales de agosto me llegó una contestación del Portal de Transparencia a mi petición de cómo los órganos públicos aceptan los términos y condiciones de las redes sociales.
Mi pregunta iba dirigida en general a la administración central del Estado y en particular a la Casa Real. Como es claro y notorio, obtener una cuenta en Twitter o en Facebook implica someterse a los términos y condiciones de las empresas particulares que ofrecen estos servicios. Aceptar estos términos y condiciones implica someterse a la ley y a la jurisdicción extranjera por lo que en caso de conflicto la demanda deberá interponerse ante un juzgado que radique en California y deberá solicitarse la aplicación de las leyes de aquel lugar. Dice asi el apartado 12 B de los terminos y condiciones de Twitter:
Estas Condiciones o cualquier otra acción relativa a ellas se regirán por las leyes del Estado de California sin considerar ni aplicar las cláusulas de conflicto de leyes del estado o país de residencia del usuario. Toda reclamación, procedimiento legal o litigio surgido en relación con estos Servicios tendrá lugar únicamente en los tribunales federales o estatales ubicados en el condado de San Francisco, California, Estados Unidos, y usted acepta dicha jurisdicción y acción en tales tribunales y renuncia a cualquier objeción en cuanto a la inconveniencia del foro. […]
Que la Casa Real, esto es, la Casa de quien ostenta la Jefatura del Estado, someta su comunicación a estas condiciones legales es inexplicable. La contestación recibida literalmente señala:
Una vez analizada la solicitud, Dª. Mª. Rosario Pablos López, Secretaria General de la Presidencia del Gobierno, resuelve conceder el acceso a la información a que se refiere la misma deducida por D. Javier de la Cueva González Cotera:
La cuenta Twitter @CasaReal fue suscrita por la Unidad de Comunicación de la Secretaría General de la Casa de Su Majestad el Rey, con la finalidad de facilitar información de las actividades de los miembros de la Familia Real.
Dicha cuenta, operativa desde el 21 de mayo de 2014, fue suscrita en los términos y condiciones ordinarias de Twitter, previa verificación del perfil de identidad del organismo habitual en el caso de cualquier institución, organismo, asociación privada o pública.
Alguien argumentará que no pasa nada, que todos hacen lo mismo: La Moncloa, el Papa, la Reina británica, Obama… La respuesta es que argumentar así supone utilizar la falacia ad populum. En realidad, la respuesta correcta es que si lo hacen a título personal, es su decisión, pero si lo que están representando es un poder del Estado, deberán someterse a la ley nacional. Que haya muchos poderes de diferentes Estados que lo hagan así sólo significa una cosa: que todos lo hacen mal.
Este fenómeno, que supondría el modelo de colonización en la sociedad de la información, ya lo traté en el año 2012 en un artículo doctrinal «Internet como entorno de la opinión pública: envolviendo los derechos fundamentales en derechos ordinarios» sin que hasta ahora parezca que haya habido cambio alguno.
No estará de más que por parte de la Abogacía del Estado o por funcionarios competentes se estudie este fenómeno y se apliquen las correcciones sean de hecho o sean legales que estimen pertinentes. Esta cuestión es aplicable también a los órganos del Poder Judicial y a ambas cámaras parlamentarias Congreso y Senado así como al resto de las administraciones públicas.