En un número monográfico sobre conocimiento libre de la revista Argumentos de Razón Técnica, número 17 coordinado por Andoni Alonso y Javier Echeverría, se acaba de publicar mi artículo «El derecho como paradigma de conocimiento libre».
El resumen del artículo es el siguiente:
Desde hace miles de años tenemos un ejemplo paradigmático de un cuerpo documental libre: el Derecho, compuesto por las normas jurídicas y las resoluciones judiciales. A lo largo del presente artículo repasamos los antecedentes históricos y las razones por las que el Derecho se puede copiar y transformar libremente, señalando su actual integración en el entorno digital del procomún. Finalizamos señalando que la calidad de una obra intelectual no depende de la licencia de propiedad intelectual que la regula, mostrando cómo un cuerpo documental libre es generador de riqueza, sirviéndonos el del Derecho como ejemplo aplicable a los demás campos de conocimiento.
Palabras clave: Copyleft, procomún, conocimiento libre, Derecho, cultura libre.
En el artículo desarrollo la tesis de que es falaz la correspondencia que se realiza habitualmente entre propiedad intelectual y calidad de una obra. El corpus del Derecho, una obra colectiva formada por la ley y por la jurisprudencia, es de libre copia y transformación, dependiendo su calidad de otros factores que no son los de la propiedad intelectual del mismo y si queremos observar y estudiar el conocimiento libre disponemos de un objeto milenario, el ordenamiento jurídico, susceptible de nuestra atención.
Las conclusiones expuestas en el artículo son las siguientes:
Permitir la formación y la transformación de los enunciados es la tarea sobre la que tenemos que insistir. El Derecho como cuerpo de conocimiento nos muestra un campo donde estas labores se han podido ejercitar durante miles de años sin problema alguno, suponiendo una prueba empírica de las posibilidades creativas y de riqueza de un archivo. Se trata, además, de un eje vertebral pues su objeto es, precisamente, el campo de conocimiento que rige la convivencia humana. Esta labor sólo es comparable al conocimiento que podemos aprehender a través de un diálogo intercultural e intergeneracional que tenga las menores barreras posibles, para lo que debemos generar los artefactos e instalaciones que sean necesarios para la libre circulación de las ideas y de sus formalizaciones concretas. Para lograrlo, debemos repensar críticamente instituciones como la propiedad intelectual y evitar la deriva de una regulación que, con tal de proteger las inversiones de la industria del entretenimiento, se está mostrando tóxica para el conocimiento científico, haciendo que sea más relevante el circo que el pan.
Bibtex
@Article{DelaCueva2014, author = {de la Cueva, Javier}, title = {{E}l {D}erecho como paradigma del conocimiento libre}, journal = {Argumentos de Razón Técnica}, year = {2014}, number = {17}, pages = {155--171}, url = {https://idus.us.es/xmlui/handle/11441/48305}, keywords = {Copyleft, commons, open knowledge, law, free culture}, }