Ya en una entrada anterior les comentaba que los ciudadanos tenemos derecho a conocer cuánto gasta la administración en licencias de software. El reciente borrador de 22 de julio 2009 del Nuevo Plan General de Contabilidad Pública omite especificar una cuenta para los gastos públicos en propiedad intelectual. Dado que nos hallamos en período de información de la norma previa a su tramitación, es conveniente que los ciudadanos solicitemos a la administración que se subsane la carencia, añadiendo una subcuenta al grupo 62 en la que se anoten dichos gastos.
Además de cumplir el derecho de los ciudadanos, que se incluya en las cuentas públicas la partida sobre software sólo puede tener consecuencias ventajosas, ya que permite que los gobernantes puedan conocer con la mayor certeza posible los datos útiles para mejor administrar y promover la política tecnológica, máxime en la actual situación de endeudamiento público y crisis económica.
Por otra parte, entiendo que la petición es muy razonable y su implantación no supone coste extra alguno. Asimismo, sería muy conveniente su contemplación por parte de todas las administraciones públicas, no sólo la central. Debemos habituarnos al uso de la red para entre todos lograr una mejor gobernanza. Ejemplos de diálogos online entre ciudadanos y sus delegados administradores ya se están produciendo, entre los que quisiera destacar el del ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco con ejemplos de Alberto Ortiz de Zárate (alias Alorza) en Administraciones en Red y Pablo Garaizar (alias Txipi) en su blog Software Libre. Esta propuesta debe enmarcarse en un contexto como el del anterior ejemplo.
Es por ello que en este marco les animo para que envíen un correo electrónico a la dirección que figura en la página web del Ministerio de Economía y Hacienda. Como borrador les propongo el texto que ya he enviado:
Para: RCSGPlanifContabilidad@IGAE.meh.es
Asunto: Borrador de contabilidad pública
Texto:
Muy Sres. míos:
En el reciente borrador de 22 de julio de 2009 del Nuevo Plan General de Contabilidad Pública, existe la subcuenta “6219. Cánones”, descrita literalmente como:
«Importe de los gastos, devengados por el alquiler o arrendamiento operativo de bienes, muebles e inmuebles, así como las cantidades fijas o variables que se satisfacen por el derecho al uso o a la concesión de uso de las distintas manifestaciones de la propiedad industrial.»
Sin embargo, echo en falta la existencia de análoga subcuenta para gastos de propiedad intelectual.
Por el presente mensaje, les ruego tomen en consideración la inclusión en el borrador de otra subcuenta adicional en la que se especifiquen los gastos públicos en propiedad intelectual, habida cuenta del importe que de los mismos se realiza en toda sociedad digitalizada y la necesidad de que existan los suficientes parámetros para que los sucesivos gobiernos puedan tomar decisiones correctas sobre innovación y tecnología amparándose en datos económicos actualmente inexistentes.
Entiendo que el conocimiento de este gasto puede ayudar a mejorar la acción de gobierno.
Aprovecho la oportunidad para saludarles muy atentamente.
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