20.11.2003 - Ciberpaís: El Consejo General de la Abogacía pide para los letrados un trato especial en el canon de los CD

Autoría: Javier de la Cueva.
Tags: Canon por copia privada.

Texto del artículo:

PROFESIONES

El Consejo General de la Abogacía pide para los letrados un trato especial en el canon de los CD

La carta remitida a Justicia y al CGPJ es iniciativa del letrado que impugnó el canon ante Defensa de la Competencia

LAIA REVENTÓS
CIBERPAÍS - 20-11-2003

El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), que representa a todos los letrados de España, ha dado su apoyo al asociado que impugnó el canon sobre los CD y DVD vírgenes ante el Tribunal de Defensa de la Competencia.

El acuerdo entre seis entidades de gestión de los derechos de autor y la asociación de fabricantes Asimelec estableció que por cada CD y DVD virgen vendido se pagará 0,17 euros más para compensar a los autores por la copia privada. Un pacto que ha originado multitud de protestas en España desde su implantación el pasado 1 de septiembre.

A finales de agosto, el abogado Javier de la Cueva lo impugnó por atentar contra la libre competencia de los profesionales del derecho. “Es un disparate jurídico que un documento judicial, como lo es el CD en el que se registra el juicio oral en las vistas civiles, esté sometido al canon para compensar a los músicos por la copia privada”, que regula la Ley de Propiedad Intelectual (LPI). De la Cueva también pidió apoyo institucional al Consejo General de Abogados “para que defendiera al colectivo a nivel nacional”. Tras analizar su petición, la Comisión Permanente del Consejo ha acordado “por unanimidad” que se establezcan “condiciones especiales para los profesionales del derecho en relación con el canon”. Y ha remitido su propia solicitud y copia de la carta al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El abogado considera “muy importante el apoyo institucional del Consejo a estos profesionales del derecho”. Un colectivo que engloba, además de abogados y procuradores, a notarios y registradores de la propiedad. Por ello, ha remitido a sus respectivos colegios prefesionales una copia de la carta que le envió la Comisión Permanente, fechada el 11 de noviembre. “Espero que estos colectivos se pronuncien respecto a adherirse para ser exceptuados del canon, ya que también utilizan este soporte informático en su actividad profesional”, asegura.

A los notarios les afecta en las copias de seguridad de las notarías. A los registradores mercantiles, por ejemplo, les afecta porque deben realizar copias de seguridad (backups) del registro mercantil central “que está disponible en Internet a través de la página Rmc.es, además de las copias de seguridad del resto de registros de la propiedad que también están informatizados”.

La LPI establece que el Gobierno puede regular la implantación del canon. Es el Ministerio de Cultura “el responsable de redactar las excepciones al canon, recogidas actualmente en el Real Decreto 325/1994”.

Amparándose en el derecho de petición -“que tenemos los ciudadanos para proponer mejoras en los servicios de la Administración”, explica-, ha pedido por escrito a la ministra de Cultura, Pilar del Castillo, que regule en qué áreas se deben establecer las excepciones.

Otros afectados
Las instituciones u organizaciones afectadas son, según De la Cueva, los organismos públicos (Administración central, autonómica y ayuntamientos), porque “el canon supone un incremento de los gastos públicos que repercute en impuestos a los ciudadanos”. Los órganos institucionales (Tribunal Constitucional, Consejo General del Poder Judicial, Tribunal de Cuentas, Defensor del Pueblo, Parlamento y Asambleas Legislativas de las Autonomías), “por el ahorro que supone en los Presupuestos Generales del Estado y para impedir que a las sociedades gestoras del copyright se les conceda de facto el derecho de fiscalización sobre esos órganos”.

Dos sentencias falladas a favor de la SGAE -caso Traxdata y caso Federación de Municipios- le dan a la sociedad el derecho de fiscalización de las actividades económicas de los deudores de la compensación por copia privada “incluso de las administraciones públicas cuando la Constitución sólo se lo otorga al Tribunal de Cuentas”.

También se librarían de pagar “todos aquellos organismos implicados en la investigación médica, sanitaria y científica en general; los sectores de la seguridad y las comunicaciones aéreas, universidades y los sectores del software y la informática”. Además, explica el abogado, la excepción que puede establecer el Gobierno rige sobre “los formatos que ya figuran en el Real Decreto anterior y, por supuesto, debe declararse expresamente la de los discos duros de los ordenadores”.