21.07.2005 - Ciberpaís: Primera sentencia judicial contra el canon de los CD y DVD vírgenes

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Tags: Canon por copia privada.

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Un juez de Alcalá de Henares considera que los soportes digitales no deben estar sometidos a la remuneración compensatoria si no se prueba que sólo están destinados a la copia privada de material protegido.

LAIA REVENTÓS
EL PAÍS - 21-07-2005

Debo condenar y condeno a abonar al demandante un euro con setenta y dos céntimos”.

En prueba de que el dinero no lo es todo, esta sentencia es la primera contra el canon de los CD y DVD vírgenes. El titular del juzgado de primera instancia nº 7 de Alcalá de Henares ha condenado a la tienda Batch PC, de la misma ciudad, a devolver a Reynaldo Cordero, programador de la Universidad de Alcalá, el importe íntegro del canon que pagó cuando compró allí diez CD vírgenes.

El juez considera probado en su sentencia que “los 10 CD ROM en blanco tienen un campo de posibilidades que no viene necesariamente circunscrito a servir de soporte a obras literarias, artísticas o científicas” y establece que en este caso “la remuneración por copia privada no es conforme al artículo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual”. El magistrado considera también que se trata de “un supuesto de cobro indebido”.

Cordero, de 39 años, casado y padre de dos niñas, presentó su demanda al considerar que el canon le perjudicaba “aunque fuera por un euro. Yo sólo uso los cedés para grabar programas libres. El software libre prescinde del copyright y me encuentro que tengo que pagar por derechos de autor al grabar mis programas”, decía entonces.

Hoy, con la sentencia en la mano, Cordero manifiesta su alegría porque el juez le da la razón, pero también su perplejidad: “La tienda, obligada a recaudar el canon para las entidades gestoras de los derechos de autor, también está obligada a devolverlo al consumidor. Me sentía indefenso y presenté la demanda. Hoy los indefensos son los comercios, en una situación de inseguridad jurídica que alguien deberá resolver”.

La Ley de Propiedad Intelectual (LPI) reconoce el derecho de los autores a explotar sus obras, pero también reconoce el de los consumidores a realizar copias de esas obras para uso privado. Para conjugar ambos derechos, la ley introduce la copia privada, que impone un canon a los fabricantes de “materiales idóneos” para reproducir contenidos sonoros y audiovisuales.

Los CD y DVD estaban a salvo del canon hasta septiembre de 2003, cuando entró en vigor el acuerdo entre seis entidades gestoras de derechos y la asociación de fabricantes informáticos Asimelec, empujados por sentencias contra fabricantes y distribuidores de CD (caso Traxdata). La juez avaló el cobro que estipula la LPI para “materiales de reproducción sonora”, pensado para casete y vídeo.

La sentencia de Traxdata determinó que los soportes digitales también estaban sometidos al canon. El fallo de la juez decía que eran “un medio idóneo” y, por tanto, “quedará dentro del campo de acción del artículo 25 de la LPI, que no admite sino una interpretación literal”.

El magistrado de Alcalá de Henares tiene otra interpretación: Si el fin es compensar a los autores, el material sometido a canon será aquel que “sólo” se destine a este fin.

La sentencia del juez, la primera contra el canon de los CD y DVD vírgenes, obliga a la tienda que vendió el material a devolver a su cliente el importe del canon. Es decir, por una parte el comercio está obligado a cobrar para los autores la remuneración compensatoria por la copia privada, y por otra una resolución judicial le insta a devolvérselo al consumidor.

La tienda, Batch PC, que puede recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid, estaría en su derecho de reclamar el importe del canon al mayorista que le suministra el material, amparándose en la resolución judicial. Y el mayorista, a su vez, también podría reclamarlo a las gestoras de los derechos de autor, sus destinatarias.

Asimelec, que pactó el canon del CD con las gestoras de derechos de autor, reclamaba en junio una rebaja del 75%. La asociación firmante reconocía que el sobreprecio “permite competir con ventaja a entidades que venden esos soportes sin pagar el canon”.

Un informe de la consultora Deloitte para Asimelec decía que sólo el 55,8% de los CD y el 50% de los DVD vírgenes vendidos en España en 2004 pagaron el canon. El estudio también reveló la disparidad de datos sobre el uso real que se hace de los CD y DVD vírgenes, la clave del asunto. La SGAE señala que el 76,88% es para copia privada. Asimelec presenta su propia encuesta y dice que el porcentaje en el 13,2%.

Además, el acuerdo del canon finaliza el 31 de diciembre de 2005, aunque sus firmantes acordaron que se podía prorrogar revisando los criterios para fijar su cuantía, basados en el coeficiente de compresión y la durabilidad de los materiales. La Ley de Propiedad Intelectual establece que el cálculo se debe realizar sobre horas (fue redactada para casete y vídeo) en lugar de calcularse por capacidad de almacenamiento. Pero ¿cuántas horas de grabación caben en un cedé o DVD? Pues depende de lo comprimido que esté el archivo, sea de audio o vídeo.

Hay más sentencias pendientes. Otros 16 ciudadanos presentaron sus respectivas demandas, cuyo formulario circula por Internet, en los tribunales de las localidades en las que residen.

Todos ellos reclaman a las tiendas donde compran los CD y DVD vírgenes que les devuelvan el canon. Además, pretenden que los jueces acepten sus tesis y eleven la cuestión al Tribunal Constitucional. Consideran que se trata de un pacto privado que impone un impuesto en favor de los autores y en contra de Administración y ciudadanos. “De las 16 demandas, en ocho ocasiones los juzgados civiles las han admitido a trámite. En otras tres ocasiones, los juzgados civiles han remitido el asunto a los juzgados mercantiles al manifestar que se trata de una cuestión sobre propiedad intelectual. En los casos restantes nos hallamos pendientes de resolución”, explica el abogado Javier de la Cueva, su autor intelectual.

El juez de Alcalá de Henares no ha elevado el asunto al Alto Tribunal, pero ha dado la razón a los consumidores al considerar que en este caso se trata de un “supuesto cobro de lo indebido”. Los CD y DVD vírgenes se usan en unos casos para grabar contenidos protegidos, pero también para guardar fotos, historiales médicos, actas judiciales… y hasta el BOE.