| 140 | | entre textos - por otra parte - a unas pocas frases que ni siquiera |
| 141 | | presentan identidad absoluta o sustancial, lo que revela - en |
| 142 | | atención a los datos que se contienen en el texto - que los autores |
| 143 | | del díptico partieron de su propia documentación. Señaló que la |
| 144 | | sentencia apelada incurre en error de valoración de la prueba y en |
| 145 | | error de aplicación del derecho, pues no cabe la protección de lo que |
| 146 | | constituye el acervo patrimonial común, y lo cierto es que el testo |
| 147 | | del actor no presenta ni creatividad, ni originalidad pues se refiere |
| 148 | | a datos objetivos, comunes y previamente conocidos de la vida del |
| 149 | | músico Juan Francisco , que se pueden extraer de múltiples fuentes |
| 150 | | biográficas del ilustre músico valenciano. Respecto del programa del |
| 151 | | "Festival Serenates al Claustre" se limitó a indicar que no se |
| 152 | | reprodujeron textos sino las frases controvertidas, reiteró lo |
| 153 | | expuesto en relación a la falta de creatividad y originalidad de la |
| 154 | | obra del actor y destacó que el único material que se entregó en su |
| 155 | | momento a la prensa fue un dossier del que se sintetizó - aún más - |
| 156 | | la información, lo que ha de tener la correspondiente repercusión a |
| 157 | | los efectos de la cuantificación del daño moral. Como en el caso de |
| 158 | | la codemandada suplicó la revocación de la sentencia apelada. |
| | 140 | entre textos -por otra parte- a unas pocas frases que ni siquiera |
| | 141 | presentan identidad absoluta o sustancial, lo que revela -en atención |
| | 142 | a los datos que se contienen en el texto- que los autores del díptico |
| | 143 | partieron de su propia documentación. Señaló que la sentencia apelada |
| | 144 | incurre en error de valoración de la prueba y en error de aplicación |
| | 145 | del derecho, pues no cabe la protección de lo que constituye el |
| | 146 | acervo patrimonial común, y lo cierto es que el testo del actor no |
| | 147 | presenta ni creatividad, ni originalidad pues se refiere a datos |
| | 148 | objetivos, comunes y previamente conocidos de la vida del músico Juan |
| | 149 | Francisco , que se pueden extraer de múltiples fuentes biográficas |
| | 150 | del ilustre músico valenciano. Respecto del programa del "Festival |
| | 151 | Serenates al Claustre" se limitó a indicar que no se reprodujeron |
| | 152 | textos sino las frases controvertidas, reiteró lo expuesto en |
| | 153 | relación a la falta de creatividad y originalidad de la obra del |
| | 154 | actor y destacó que el único material que se entregó en su momento a |
| | 155 | la prensa fue un dossier del que se sintetizó -aún más- la |
| | 156 | información, lo que ha de tener la correspondiente repercusión a los |
| | 157 | efectos de la cuantificación del daño moral. Como en el caso de la |
| | 158 | codemandada suplicó la revocación de la sentencia apelada. |