[Demanda-canon] Duda sobre la adopción del Modelo fránces
Alberto Fernández Díaz
alberto.fdez.diaz en gmail.com
Dom Jul 27 12:47:32 UTC 2008
Muchas gracias por la respuesta, ya me quedan las cosas mas claras. Aunque
seguramente pienso que si logran controlar las redes (a base de poner fagos
encima de la mesa a las personas adecuadas) despues nos pondran un segundo
canon, por si las moscas.
El 22 de julio de 2008 16:40, Javier de la Cueva<
jdelacueva en derecho-internet.org>escribió:
> Alberto Fernández Díaz escribió:
> > Hola, nunca he formado parte de una lista de correo y no se si al
> > responder a este mensaje estoy haciendo algo mal. En caso de que asi sea
> > mi mas sincera disculpa.
> >
>
> Estás haciendo lo correcto, para eso están las listas de correo :-)
>
> > Quisiera haceros una pregunta ya que siempre pareceis tan informados.
> > Recientemente he leido en internet que el Ministerio de Cultura queria
> > implantar el modelo fránces en relación principalmente con los usuarios
> > de p2p y como alli se les puede desconectar el adsl si reinciden en usar
> > estos "maleficos" programas.
> >
> > Creeis que si llegasen a implantar el modelo frances tambien negarian el
> > canon como parece que hacen los franceses o pasara como siempre y solo
> > adoptaran lo que a unos pocos les convenga.
> >
>
> En su inicio el llamado "canon" nació para compensar algo que era
> imposible de controlar, que era la copia privada (el paradigma, cuando
> su nacimiento, era la copia en casete que te hacías del disco que te
> prestaba un amigo; luego llegó el vídeo, que entró en la misma definición).
>
> Cuando llegaron las redes de pares, se modificó la legislación (reforma
> del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, en julio de
> 2006) para que quedara claro que los intercambios por p2p no entraban
> dentro de la definición de "copia privada". En ese sentido, la sentencia
> de la Audiencia Provincial de Cantabria, de 18 de febrero de 2008, que
> afirma que no puede ser copia privada puesto que el ámbito en el que se
> hace la copia es colectivo.
>
>
> http://derecho-internet.org/proyectos/procedimientos-libres/browser/defensa-webs-enlaces/resoluciones
>
> De esta manera, tenemos hoy en día dos cuestiones:
>
> a) La copia privada, cuyo ámbito es el de siempre (copia de un ejemplar
> al que se haya accedido legalmente, dice la Ley -signifique ello lo que
> signifique-), que se compensa con el canon vigente. Ver artículo 31.2
> del TRLPI:
>
> http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1996.l1t3.html#a31
>
> b) Las descargas de la Red mediante el uso de programas de intercambios,
> que no tienen compensación.
>
> La misma filosofía que existió en su momento para implantar el primer
> canon (que era imposible el control de las copias domésticas) es
> aplicable al nuevo fenómeno de las descargas mediante p2p, por lo que se
> están sentando las bases bien del control de las redes, para impedir las
> descargas, bien del nacimiento de un nuevo canon, esta vez un nuevo
> canon por descargar.
>
> Presumo que si no logran monitorizar las redes, porque en juego está un
> derecho de jerarquía superior (la confidencialidad de las
> comunicaciones), buscarán implantar un segundo canon.
>
> > Saludos y gracias por mantenernos siempre informados
>
> A ti.
>
> --
> Cordiales saludos,
> Javier de la Cueva
>
------------ próxima parte ------------
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