[Demanda-canon] Sobre la estrategia del asunto.

Fco .J. Arias javi en productshome.com
Sab Jun 18 19:21:07 CEST 2005




Si no les molesta voy ha dar mi opinion (aviso que es bastante largo),
no es necesario que respondan:
Como sabemos el ciudadano medio está aborregado (yo mismo incluido), por
la falta de una formación del funcionamiento institucional básico. Es
decir, aunque algunos ciudadanos tengan iniciativas no saben muy bien a
donde dirigirse, por lo tanto las iniciativas de control rutinarias que
deberian ejercer los ciudadanos caen en via muerta, seleccionando esta
caracteristica una élite de poder por todos conocida.
Limitando al ciudadano a elegir en las elecciones entre , (vinagre y
azucar) o (caramelo y veneno).

Como bien decía javier, creo recordar, para el ciudadano medio(yo
incluido) es bastante dificil manejarse por los lares de la burocrácia,
por lo tanto, debe ser lo las simple y transparente posible.

Si bien en estrategia militar,si es posible, es aconsejable atacar antes
a los satélites, intendencia y mando, antes de enfrentarse a la parte
militar del enemigo. Creo que poner una demanda a los tenderos
informaticos les pone entre dos fuegos, con el cual no tiene nada que
ver.

Personalmente, creo que lo envenenado del asunto es que presuponen que
eres un delincuente, y te tratan como tal, con multa en vivo y en
directo. Creo recordar que este método de operacion se aplica a:
- Copiadoras (copies lo que copies)
- Grabadoras y soportes grabables.
No se si existe algún articulo por ahi suelto que diga que se es
inocente mientras se demuestre lo contrario, deberia.


Si no he entendido mal lo que he leido, el canon se soporta en la LPI,
por lo tanto, el responsable directo es el Estado (dificil
contrincante). La cuestión de incontitucionalid, sinceramente no la
acabo de ver clara,  no he visto ningún articulo que contravenga lo
dispuesto sobre el canon.
Y el resto del ordenamiento juridico ya se sabe, al Estado no le tose
nadie.

Lo que me parece interesante es la prespectiva Europea del asunto(aunque
ahora europa este de aquella manera); no se si existe un canon similar
en europa. Si no existiese, pondría en situación de falsa competencia
las empresas españolas. No se si esto está permitido, pero no deberia;
pues supongo que cuando se vende a un pais de la UE tambien se deberia
cobrar el impuestillo.

Creo ademas que es un atentado grave contra la economia de mercado (la
competencia se ve falseada) pues grava indiscriminadamente un soporte en
especial. Perjudicicando seriamente a este sector.

Respecto al timbrado, igualmente me parece batalla perdida, puesto que
recordemos la mayoría de webs del Estado Español precisan de un sistema
Windows, (o lo que es lo mismo solamente se puede utilizar un boligrafo
BIC para cumplimentar los impresos del Estado,!!!)

Aqui lo que se necesita al igual que en USA es una fundación para hacer
propaganda contrainstitucional.

Si me pueden aclarar exactamente que articulo regula el canon se lo
agraceria puesto aunque he ojeado las 83 páginas no he conseguido ver
nada, el articulo 25.1 LPI no me parece fundamento para semejante
tropelia, ¿ es realmente este?

Un saudo, 




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