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La Topología de Internet: el nuevo Territorio. TCP/IP (VIII)Para repasar los conceptos de desvalor de acción y desvalor de resultado, es muy válido utilizar una noticia que encontramos con demasiada frecuencia en la prensa y cuyo último ejemplo es de hace unos días: "Entra a cumplir prisión después de cuatro años por haber robado 700 pesetas". El periodismo, para forzar la noticia, se fija únicamente en el valor de las 700 pesetas, esto es, en el concepto del desvalor de resultado. Pero dichas noticias periodísticas siempre se olvidan de aclararnos cómo sucedieron los hechos y, por tanto, cuál fue el desvalor de acción. Leyendo la letra pequeña aprendemos que dichas 700 pesetas se obtuvieron a través del método del tirón y arrastrando durante 500 metros a una anciana que debido a ello estuvo hospitalizada seis meses con peligro de su vida. Relacionando los conceptos anteriores con la topología de Internet, lo primero que nos encontramos es un marco de la acción humana. Es obvio que no pueden cometerse homicidios a través de la modificación de un datagrama. Por tanto, las acciones que pueden ejecutarse vienen totalmente condicionadas por la naturaleza del territorio y por la imposibilidad de llevar a cabo actos físicos en la Red. Es por ello que, en todos los ilícitos cometidos a través de Internet, el resultado es el que va a contar en mayor medida. ¿En qué aspectos está lo anterior relacionado con el TCP/IP? La acción humana de modificar con conocimiento y voluntad un datagrama o una serie de ellos es lo que constituye la posible base de un ilícito. Que lo sea o no dependerá, fundamentalmente, del resultado buscado y del obtenido. Sin embargo no debemos olvidar la incidencia del desvalor de acción. Existen actos cuya acción no tiene ningún reproche social ¿Hay alguien que nunca haya "pirateado" un programa? Esta acción no tiene reproche alguno. Pero también existen otros actos en los que la comunidad es unánime en su crítica, como lo fueron los ataques de DDoS (Denial or Degradation of Service) de principios de año contra Yahoo y contra eBay. Todo acto cometido en la Red debe analizarse, pues, desde la doble perspectiva clásica del desvalor de acción y del desvalor de resultado a los efectos de graduar las sanciones aplicables. Y para ello deberá analizarse si la acción cometida altera los datagramas o simplemente (1) utiliza un software al alcance de todos (bombardeo de e-mails, por ejemplo) o (2) los actos ilícitos provienen de acciones ajenas a la Red, como lo pueden ser una suplantación de identidad o comportamientos de "ingeniería social". Javier de la Cueva, 31/05/2003 - 23:13
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