BuscarDefensa de la música CopyleftJuicios contra el canonPara más información, apúntese a nuestra Technorati |
El Copyleft ha de ser bien demostrado: sentencia desfavorable en AlicanteEl pasado 2 de abril de 2007 la Audiencia Provincial de Alicante denegó un recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de dicha ciudad en la que se había alegado el uso de música libre en un establecimiento destinado a boleras. El problema en dicho caso fue probatorio, puesto que la única prueba que se pudo practicar fue la del interrogatorio del representante de la demandada y ninguna prueba más. Los hechos que contempla la Audiencia de Alicante ocurrieron en un estadio inicial de la música libre, de noviembre de 2002 a noviembre de 2004, mucho antes que los hechos del caso de Ladinamo. Ante la falta probatoria de la cualidad de la música utilizada, la Audiencia desestima el recurso de apelación. Es importante señalar que las seis resoluciones habidas hasta la fecha que tratan sobre la comunicación pública de obras bajo licencias libres (la sentencia actual y las de Ladinamo, Discobar Metropol, Buenavistilla Club Social, Birdland y la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra de fecha 29 de noviembre de 2005) sólo entran a valorar si las obras de los autores son gestionadas por la SGAE y nunca en el fondo de las licencias. Ello es lógico, puesto que la alegación que realizamos los abogados de los demandados se fundamenta en el artículo 150 de la ley de Propiedad Intelectual y consiste en oponer, precisamente, la falta de gestión de la SGAE y no otras cuestiones. Junto con la alegación de que las obras usadas en el local pertenecen al género Copyleft, se habían alegado cuestiones tales como la inconstitucionalidad del sistema de voto de la SGAE, lo que es rechazado en la sentencia, que continúa con la línea clásica jurisprudencial, el carácter de monopolio, sobre el que nada se menciona y la fijación unilateral de tarifas, sobre la que sólo se menciona su validez sin una ratio decidendi más allá de pronunciarse sobre su legalidad. La lección que recibimos de esta sentencia es que debemos atender al punto crucial: ir siempre bien cargados de prueba. Puede acceder a la sentencia en formato pdf en el enlace más abajo.
Javier de la Cueva, 05/05/2007 - 00:07 | Litigios música copyleft
|