El Negocio Jurídico (y VIII)

¿Cómo evitar las incertidumbres que provocan los errores en la prestación del consentimiento a través de Internet?

Debe definirse la oferta de una manera concreta, incluyendo todos los elementos necesarios para identificar el objeto del negocio jurídico, su precio y las condiciones, si éstas existen.

La aceptación del internauta, debe necesariamente ser confirmada. Así se evita la repetición de la orden o la frustración del contratante y la pérdida de un cliente.

La confirmación de la aceptación debe realizarse a través de un canal diferente del utilizado para recibir la oferta. Si la aceptación se realizó a través de una página web, la confirmación del pedido se enviará mediante correo electrónico.

Dicha confirmación no debe hacerse automáticamente por el mismo software de recepción de la orden, sino en un paso posterior, por parte del órgano encagado de la ejecución de la orden.

En el supuesto de mercaderías, es conveniente la utilización de proveedores de servicios que permitan el seguimiento del envío por Internet.

El sistema utilizado debe informar a la empresa oferente de los pedidos efectuados, confirmaciones de los mismos y de su ejecución, bien a través de logs internos (archivos de texto dentro del ordenador) o a través de informes.

En cuanto a personal, es conveniente que el proceso global sea seguido permanentemente por una persona, con capacidad de modificar inmediatamente los errores que puedan producirse.