El Negocio Jurídico (VII)

Hasta ahora, hemos explicado los errores en los que el consumidor da por realizada una transacción sin que ésta se haya llegado a producir. Como hemos manifestado, se producen generalmente por un mal diseño y funcionamiento del software empleado.

Además de los errores anteriores, existe otro que se está produciendo con bastante frecuencia y que es del signo contrario. Consiste en aquellos supuestos en que el internauta no recibe confirmación de la transacción, por lo que sigue insistiendo sobre la misma y se produce una multiplicidad de órdenes o de pedidos.

Así como en el primero de los errores el internauta recibe una confirmación de su pedido y éste no se ejecuta, en este segundo grupo de error, se ejecuta el pedido sin que el internauta haya recibido confirmación del mismo.

Las causas de este grupo se deben no sólo al software empleado, sino también a una mala conexión o a un error en los datos introducidos:

Conexión. En los sistemas de confirmación en la misma plataforma (la propia página en la que estamos contratando nos señala la confirmación del pedido), si se produce un corte de conexión ya de línea telefónica, ya de señal (el típico -su página no se encontró, pinche actualizar-), el contratante no puede saber si su pedido fue recibido, por lo que puede verse inducido a repetirlo.

Error en datos. En los sistemas de confirmación por plataformas independientes, el internauta puede haber introducido correctamente sus datos de entrega, tarjeta de crédito... pero no su dirección de correo electrónico, por lo que nunca recibirá confirmación.

El resumen de lo expuesto hasta ahora en lo relativo a los errores en la prestación del consentimiento a través de Internet, es el siguiente:

El error es el vicio de la voluntad que más se produce en la Red.

La separación física entre emitente del mensaje y receptor del mismo facilita la aparición de errores.

El mal diseño de los programas informáticos utilizados en comercio electrónico es el causante de numerosos errores.

El diseño de la recepción de la oferta y de la aceptación es previo al desarrollo del software empleado, por lo que los agentes jurídicos deben supervisar previamente el diseño lineal de los programas informáticos utilizados.

Para una buena implantación y desarrollo del comercio electrónico, es necesario asegurar las correctas confirmaciones de recepción tanto de la oferta como de la aceptación.