El Negocio Jurídico (VI)

Manteníamos que para evitar el error en las prestaciones del consentimiento de las transacciones realizadas a través de Internet, la comunicación de que se ha recibido la oferta debería realizarse a través de un canal o entorno diferente de aquél a través del que se produjo la transacción.

La causa de esta afirmación radica en cómo funcionan las "tripas" de una transacción en la Red.

Abra Vd. una página cualquiera en la que le soliciten un dato (su página de entrada a banca electrónica, por ejemplo), y en la ventana de su navegador ejecute en el menú la orden que le permita ver el código fuente de la página. No se preocupe si Vd. no entiende nada. En ese código puede encontrar los valores que gobiernan la prestación del consentimiento.

Existen otros cuantos sistemas más, pero todos hacen lo mismo: recaban información del internauta. Una vez tienen esa información y la consideran correcta pues se ajusta a unos parámetros, ejecutan la siguiente orden del programa.

La siguiente orden puede ser la de hacer aparecer una pantalla que le confirma su entrada al sistema o, en nuestro caso, confirmarle su pedido en pantalla.

Posteriormente, el programa debería proseguir su ejecución y trasladar la orden a una parte ejecutora de dicho programa (que se encargará de que el departamento correspondiente ejecute su pedido o su orden).

Pues bien, lamentablemente el diseño de numeroso software existente automatiza su sistema de respuesta de la orden recibida, sin que exista constancia de que la parte ejecutora del proceso haya recibido la orden.

Para evitar estos errores en la prestación del consentimiento, las empresas que se dediquen al comercio electrónico deben asegurarse de que el software comprado cumple con los siguientes requisitos:
La confirmación del pedido o de la orden del cliente debe realizarse por una parte del código de software que sea posterior a la recepción de la misma por el departamento de ejecución, y nunca automáticamente por el codigo inicial del programa que recibe la orden del cliente.

El software debe informar tanto de las órdenes recibidas como de las enviadas a la ejecución.

Como cuestión de seguridad, debería poderse cruzar la información de tres parámetros: (i) órdenes recibidas, (ii) órdenes enviadas a ejecución y (iii) órdenes cuyo recibo se acusa al cliente.
Dado que las empresas de software manifiestan que hacen un "traje a la medida" (y cobran por ello), no está de más solicitarles que cumplan los anteriores requisitos: su empresa ahorrará mucho dinero y evitará la pérdida de clientes insatisfechos.