Actos Jurídicos en la Red (I)

Comentábamos que los actos jurídicos son aquéllos actos humanos que el Derecho toma en cuenta para establecer o no una regulación.

En el acto jurídico no es necesario que exista una reciprocidad, siendo irrelevante el consentimiento de todos aquéllos sujetos extraños al autor del mismo.

En Internet, el acto humano es diferente del acto que se realiza fuera de la Red, ya que no tiene la riqueza de este último. No obstante, no se produce en este caso una revolución, sino que estamos en presencia de una adaptación a un medio nuevo de un acto existente fuera de la Red, como lo es el acto de comunicación. El acto con trascendencia jurídica fuera de Internet, puede ser un acto espacial; el acto en la Red siempre es un acto digital.

El Derecho se hallaba acostumbrado a regular actos humanos vinculados a los conflictos espacio-temporales. Posteriormente, encontraron apoyo represiones de actos comunicativos, creándose incluso instituciones tales como la Inquisición, uno de los mejores ejemplos históricos en la defensa de un pensamiento no renovador.

En esta línea es en la que el acto digital debe ser regulado, el Derecho en este aspecto debe adaptar a Internet las regulaciones existentes en el mundo real en lo referente a la interdicción de ciertos contenidos (pornografía infantil, proselitismo racista, terrorismo...) y de ciertos comportamientos (coacciones, amenazas y defensa del patrimonio) a través de la Red. No obstante, si bien puede ser fácil que una comunidad cerrada llegue a un consenso sobre los valores que deben defenderse, estamos aún en una etapa demasiado inicial para que se produzca un acuerdo sobre qué valores deben ser los imperantes en la Red. No olvidemos su carácter de universalidad y el ataque que sufren ciertos derechos clásicos como el de la propiedad intelectual, sin que exista consenso sobre la legitimidad de las casas discográficas para defender unos derechos de cuyo contenido sólo el 5% llega al creador.

En conclusión, el acto digital, acto de comunicación o de información, se manifiesta con toda su fuerza a través de este nuevo medio. Su regulación deberá atender a su contenido.